martes, 12 de junio de 2012

JUICIO POR JURADOS : EL HOMICIDIO DE PIEDRAHITA DE CASTRO.

El 18 de junio de 1913, comienza la vista del proceso por el homicidio acontecido en agosto de 1912 en la localidad zamorana de Piedrahita de Castro.
Durante la celebración del baile en las fiestas de San Roque de 1912 se produjo una violenta reyerta entre los mozos de este pueblo y los del cercano municipio de San Cebrián.
Como consecuencia de la disputa un joven de San Cebrián resultó muerto.

El ministerio fiscal acusa a Cipriano Blanco Nieto, Victoriano Blanco Nieto y Gaudencio González Vecino de ponerse de acuerdo en la madrugada del 18 de agosto de 1912 para agredir a los mozos de San Cebrián que habían acudido a las fiestas San Roque. Cuando dichos mozos procedían a retirarse una vez finalizado el baile fueron alcanzados por aquellos, y tras provocarlos comenzó una reyerta de la que resultó herido Carlos Rapado Aguado, quien fallecería horas después como consecuencia de las lesiones ocasionadas.
Por su parte la defensa de los hermanos Blanco Nieto niega que sus defendidos participaran en dichos hechos. En el caso de Cipriano, ni siquiera se hallaba presente y en el caso de Victoriano, si bien se encontraba hablando con Carlos Rapado cuando se produjo la agresión, no tuvo participación alguna.
La defensa de Gaudencio se expresa en parecidos términos, negando que su defendido, presente en el lugar de los hechos, participara en la agresión.

Durante tres días se desarrolla la vista, en la que los procesados y numerosos testigos son interrogados por las partes.
Victoriano Blanco relata en su interrogatorio con todo detalle como se produjo la agresión, señalando a Gaudencio González Vecino, como autor del garrotazo que le ocasionó la muerte a Carlos Rapado.
Cipriano Blanco niega no sólo que tuviera algo que ver con la muerte de Carlos, sino que ni siquiera se hallaba presente.
Gaudencio González refirió también con todo detalle como sucedieron los hechos, manifestando que el autor del garrotazo fue Carlos Rapado.
José Rapado, padre la víctima, visiblemente emocionado, rememora las últimas horas de su hijo, quien a su llegada tras los incidentes nada dice de estar herido, probablemente porque no concediera a la lesión la importancia que desgraciadamente requería, y una vez cuando la situación se agravó, estando a solas con su hijo éste le manifestó que los tres procesados le agredieron, sin especificar quien de ellos fue el autor material del garrotazo.

Los testimonios de los testigos que son interrogados durante la vista resultan en algunas ocasiones contradictorios. La mayoría coincide al relatar los hechos que los mozos de San Cebrián se encontraban cantando en las inmediaciones de la puerta de la escuela de Piedrahita, cuando llegaron Gaudencio y Victoriano, quienes encendieron unas cerillas para identificarlos para luego amenazarlos con hacerles chichas. Victoriano empuñaba un puñal, Gaudencio un bastoncito y Cipriano una cacha. Después de discutir y en vista de la actitud hostil de los mozos de Piedrahita, los de San Cebrián decidieron retirarse, saliéndoles los primeros al encuentro junto con algunos casados que los animaban a matar a los de San Cebrián, comenzando la reyerta de la que resultó herido Carlos. Varios testigos coinciden en señalar que Cipriano no se encontraba presente en la posterior reyerta, aunque la opinión pública parece confirmar que fue Cipriano el autor del golpe. La mayoría de los testigos afirman no haber visto quien daba el golpe, y algunos de los mozos de Piedrahita señalan haber visto a Gaudencio cómo se aproximaba por detrás de Carlos y atizarle con el palo. Interrogados por la forma y dimensiones del palo, ninguno lo recuerda con exactitud.
Los testimonios confirman que en un primer momento y durante la instrucción se guardo silencio sobre la autoría de los hechos ya que todo el mundo había coincidido en que lo mejor era callar, pues nada se podía hacer por la vida del finado. En este sentido parte de los interrogatorios se destinó a tratar de probar la existencia de una conversación al día siguiente de los hechos, en la casa de Victoriano Blanco, donde éste se encontraba en cama, con el padre de Gaudencio.

Finalmente, las acusaciones analizan minuciosamente los detalles de tan intrincada prueba para terminar suplicando al Jurado que dicte un veredicto declarando culpables a los tres acusados.
La defensa de los hermanos Blanco con plausible acierto rebate enérgicamente todos los cargos solicitando del Jurado que obre en justicia dictando un veredicto de inculpabilidad para Cipriano y Victoriano.
La defensa de Gaudencio, a cargo del letrado Sr. Núñez, con fama de orador elegante, enérgico y fogoso pronunció un discurso en el que analizó la prueba, llegándola a calificar de artificiosa, realizó un estudio profundo de las cuestiones legales planteadas por la acusación y solicitó un veredicto absolutorio para su defendido.

El veredicto fue de inculpabilidad para los tres procesados, no accediendo la Sala a la petición del fiscal de revisión del caso por un nuevo jurado.
La lectura del veredicto y la sentencia fue acogida por el auditorio formado por vecinos de ambos pueblos con religioso silencio.

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