sábado, 17 de noviembre de 2012

EL DÍA EN LA AUDIENCIA: COMIENZA EL JUICIO ORAL


El 20 de octubre de 1913, Heraldo de Zamora anuncia a sus lectores que al día siguiente comparecerán en la Audiencia Provincial ocupando el banquillo de los acusados, Francisco Alfonso y Carlos Calamita a instancias del ex director de El Correo de Zamora Constancio Arias Rodríguez quien los acusa de un supuesto delito de injurias graves en dos trabajos periodísticos publicados en Heraldo de Zamora.

La polémica se inicia tras la publicación el 20 de septiembre de 1911 por parte de El Correo de Zamora de la noticia de que desde finales de diciembre de 1910, Francisco Alfonso es el director de El Heraldo de Zamora.


La publicación de la noticia provoca en Francisco Alfonso una considerable indignación y responde con un enojado artículo dedicado a Constancio Arias.


Como consecuencia, ambas cabeceras continuarán durante varios días dirimiendo su particular disputa publicando diversos artículos en los que se muestra que cualquier pretexto es excusa suficiente para alimentar la polémica.







En febrero de 1912, el diario anuncia a sus lectores que Constancio Arias ha interpuesto una querella contra Francisco Alfonso y Carlos Calamita por injurias, ampliando la querella a Enrique Calamita, propietario del periódico como responsable civil.
Se sustenta la demanda en dos artículos publicados contra el director de El Correo, los titulados “Oye, tú...” firmado por Francisco Alfonso y “Epicúreo y Malandrín” firmado por Carlos Calamita.



La querella se presenta en un contexto histórico jurídico relevante ya que en diciembre de 1912 el Tribunal Supremo reconoce por vez primera, el derecho al honor señalando una indemnización, por los perjuicios causados.
La jurisprudencia hasta entonces basada en una resolución de 1882 acordaba que “el honor no es valorable” y por tanto no es posible fijar cantidad alguna.


El 16 de abril de 1913 Heraldo de Zamora informa que para los días 29 y 30 de ese mismo mes está señalada la vista en juicio oral y público, aunque días más tarde se notifica la suspensión del juicio oral por acuerdo de la Sala.


El motivo de la suspensión es la solicitud del querellante de ser declarado pobre con el fin de disfrutar de los beneficios que la ley le otorga, pretensión que debe de sustanciarse en una pieza separada.


Finalmente, el 21 de octubre de 1913 por la mañana se inicia la vista oral con extraordinaria concurrencia de público. Las partes en esta primera sesión examinaron minuciosamente y con detalle todos los incidentes de la prueba. A continuación el acto se suspendió hasta el día siguiente en que informarían los letrados.

La segunda sesión del juicio oral fue invertida en la lectura de la prueba documental, propuesta por la parte querellante.
Los letrados defensores dieron por reproducidas las suyas.
El querellante señor Arias Rodríguez modificó las conclusiones provisionales en el sentido de solicitar mas años de destierro y multa para los encausados.
Los letrados defensores Petit y Cotrina elevaron a definitivas las suyas.
Dado lo avanzado de la hora la presidencia suspendió el acto para continuarlo por la tarde en la que concedería la palabra al querellante.
A la vista había asistido numeroso público.

No hay comentarios:

Publicar un comentario