miércoles, 12 de octubre de 2011

EL JUICIO POR EL CRIMEN DE LA CALLE ARENA

El 20 de mayo de 1911, acusado como autor de la muerte de María Antonia Sagrado, José Felix García Pérez, vecino de Zamora, compareció ante el tribunal formado los magistrados Sr. Jarabo, Prado y Petit, ostentando la representación del ministerio fiscal D. Lisardo Sánchez Cabo y actuando como secretario el Sr. Arias. Previas las formalidades legales, se procedió al sorteo de jurados y una vez estos prestaron juramento se procedió a la apertura del juicio.

Heraldo de Zamora, 22/05/1911
Como prueba de la defensa, estaban citados como testigos Julio Calamita, en calidad de administrador del diario Heraldo de Zamora, Enrique Calamita, propietario del periódico, y Francisco Alfonso, redactor del mismo.
Según afirmó el procesado, había trabajado un tiempo en los talleres del periódico.
El juicio ha levantado gran expectación, por lo que asiste al acto numeroso publico.
Interrogado el acusado por el ministerio fiscal, se declara autor de la muerte de María Antonia Sagrado. La causa del funesto altercado, según su autor, fue que mantenía amistad con la víctima, desde hacía mas de dos años, a cambio le entregaba cuanto ganaba. Para evitarla, marchó durante unos meses a Santander. El día de autos, vagaba por la Cuesta del Piñedo, algo alegre por la bebida, y le pidió dinero pues llevaba varios día sin comer, esta no solo no se las dio sino que le insultó, por lo que con el fin de amedrentarla sacó una navaja con la que le cortó la cara, el resto de heridas se las provocó ella misma:

Fiscal.-Al acercarse usted a la María, la dijo usted ¿vamos a quitarnos de padecer, y se abalanzó sobre ella?
Procesado.-Se pinchó ella sola.
F.- ¿Usted no le dio ninguna?
P.- Sí, señor; al intentar darle en la cara se echó ella encima.
F.-¿Y se dio ella sola?
P.-¡Claro que no, señor!, ¡también yo le ayudaría algo!

El acusado declara que no tenía intención de matarla, y que sólo quería que ella le dejara en paz. Afirma haber trabajado en el Heraldo y que cobraba de 10 a 15 pesetas semanales,que entregaba a María, pues su marido no le daba ni un céntimo. Aquella mañana, había ganado unas perras subiendo un saco de carbón, había comprado tabaco y había parado en las tabernas de Encalado y la Tomasa a tomar unas copas. Después del suceso, y como quería mucho a María, desesperado había intentado tirarse al río desde el puente, pero por el camino fue detenido. La navaja la usaba para arreglar la caña de pescar.

A continuación fueron interrogados varios testigos, entre ellos el marido Felipe Burón, vecinas de la víctima y Manuel Prieto Calvo, militar retirado que daba empleo a María como asistenta. Todos reafirman la honradez y fidelidad de la víctima.

Julio Calamita, declara que conoció a José García, hace año y medio, ya que en aquellas fechas lo admitieron en la imprenta de Heraldo de Zamora, en calidad de mozo de rueda, por el que le daban un sueldo de 10 a 12 pesetas semanales. Afirma que el día de autos, le salió al encuentro el acusado cuando se dirigía a la oficina, pidiéndole una limosna, y le socorrió diciéndole que se comprara una torta de pan, pero ignora el destino que le dio al dinero.
Enrique Calamita, conoce al procesado porque le dio trabajo en su imprenta por misericordia, y por la estima que le tiene a su padre. Que siempre se había formado el juicio de que era un desdichado incapaz de ganar ningún dinero.
Por su parte Francisco Alfonso, en nada difiere su declaración de la ya prestada por el director del diario Enrique Calamita.
Elevadas a definitivas las conclusiones provisionales, el ministerio fiscal tomó la palabra para solicitar del jurado un veredicto de culpabilidad. Lamenta que la prensa y la literatura contribuyan a que estos delitos que llaman pasionales sean cada vez mas frecuentes, y que los autores aparezcan como héroes y mártires de un amor no correspondido. Nada mas lejos de la realidad. Están juzgando el crimen, el homicidio de que resultó víctima una infeliz mujer, fiel guardadora de su honra y de la de su esposo, un crimen mas de la asquerosa golfería, ejecutado por un chulo folletinesco y degradado.
La defensa por su parte, poco puede hacer y solicita se tengan en cuenta las eximentes de locura e imbecilidad y las atenuantes de no querer causar mal grave, embriaguez y provocación por parte de la víctima.
El veredicto del jurado fue de culpable, sin apreciar más circunstancias que la de haberse ejecutado en caso de extrema necesidad.
La sala dio lectura a la sentencia, condenando a José García Pérez a la pena de diecisiete años, cuatro meses y un día de reclusión, accesorias, costas y una indemnización de 3.000 pesetas.

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